Cesión de patentes en Barcelona

En las sociedades modernas de todo el mundo, las patentes son una gran parte de la economía. Por lo general, componen una posesión de las empresas como un inmueble o cualquier propiedad intelectual. Son parte de lo que se conoce como bienes inmateriales o intangibles y como tales son propiedades susceptibles de ser transmitidas, hipotecadas, vendidas, negociadas, dadas como garantía, etc.

En este artículo encontrará mucha información sobre las patentes, sus bases legales y las diferentes formas en que se pueden ceder.

Qué es una patente

Se conoce como patente a un tipo especial de título que reconoce a su dueño el derecho exclusivo a la explotación de una invención durante un tiempo determinado. Se pueden negociar, vender, traspasar, ceder, etc. y se acogen a las normas del derecho común sobre la propiedad como cualquier otro bien mueble o inmueble, aunque tiene sus particularidades propias.

Para empezar, deben estar inscritas en el Registro de Patentes de la Oficina Española de Patentes y Marcas. Durante su vida legal también se deben registrar las incidencias y modificaciones que puedan surgir en la patente concedida.

Es importante tomar en cuenta que cualquier acto jurídico traslativo o modificativo de la propiedad ha de ser inscrito en el Registro para que tenga efectos legales contra terceros.

Se debe considerar que de la misma forma que ocurre cuando se adquiere una vivienda, ésta no le pertenece al adquirente hasta que se inscribe a su nombre en el Registro de la Propiedad. De igual manera ocurre con una cesión de patente, la misma no es válida jurídicamente hasta ser inscrita en el Registro de Patentes de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

Regulación de las patentes

La Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes regula la explotación y cesión de invenciones. Además, el Real Decreto 55/2002, de 18 de enero, que trata sobre explotación y cesión de invenciones llevadas a cabo en los entes públicos de investigación.

¿Se puede ceder la propiedad comercial de las patentes?

Sí, por supuesto que es posible. Llegados a este punto es importante aclarar que, al hablar en este ámbito de cesión de propiedad intelectual, se hace referencia a una transmisión o traspaso de la propiedad. Lo más común, es que la cesión se haga en forma de compraventa, pero es válido cualquier otro método lícito de transmisión. Se debe entender que la cesión de patente es lo mismo que compra, adquisición, transmisión, transferencia, etc. En tal sentido y bajo todos los efectos legales, se trata de un cambio en la titularidad del dueño del bien.

Acuerdo de cesión de patente comercial

A diario se realiza un gran número de cesiones de patentes comerciales y la mayoría se hacen por la vía de un contrato. Es importante tener presente que la cesión no tendrá plena validez frente a terceros hasta que sea inscrita en el Registro correspondiente.

Este acuerdo deberá contener los aspectos jurídicos exigidos a cualquier contrato para su validez: el objeto, la causa y el consentimiento.

Objeto del acuerdo de cesión de patentes

El objeto en este tipo de contratos es la propia patente o la solicitud de la misma. En tal sentido, debe identificarse de forma precisa con sus características básicas:

Identificar claramente

Aquí se debe identificar de forma clara la patente con su identificación en el Registro de Patentes con número de solicitud, de publicación, clasificación internacional, título y cualquier otra información relevante.

Titularidad de su actual propietario o propietarios

Al igual que ocurre con cualquier otro tipo de bien, la patente puede ser objeto de cotitularidad. Debido a esto, si fueran varios los propietarios, todos deberán acordar de forma unánime la cesión de la propiedad. También es posible que sólo uno de los copropietarios vendiera su parte y, en esos casos, se aplican las normas generales de cotitularidad del Código Civil.

Situación de vigencia

Aquí se debe aclarar si está o no concedida. En caso de que aún no lo esté, se indicará la fase del procedimiento en la que se encuentra. Por otro lado, si ya fue concedida, se deberá señalar los años de vigencia que le quedan, ya que, por lo general, las patentes tienen una vigencia de 20 años.

El objeto de la invención:

Se indicará, el objeto de la invención, en otras palabras, la propia esencia misma de la patente. No solo se indicará el resumen, descripción y diseños, sino que se deben de poner a disposición del adquirente todos los conocimientos técnicos que sean necesarios para la explotación de la patente.

Causa del contrato de cesión de patentes

En este apartado se deberá plasmar el motivo que provoca el contrato. En los casos de cesión de patentes, se refiere al cambio de los derechos sobre la propiedad intelectual por un precio estipulado.

Consentimiento del contrato

En este punto ambas partes, el cedente (el actual propietario) y el cesionario (el futuro propietario) deben plasmar su consentimiento, estar de acuerdo tanto con el objeto y el precio como con las condiciones en las que se transmite la propiedad.

Por supuesto que una vez se han acordados todos los detalles del contrato, las partes deberán firmar el mismo, generalmente se exige escritura pública ante notario. En este punto se debe tomar en consideración que, como toda transmisión de bienes, es necesario abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Diferentes maneras de ceder una patente comercial

La cesión de este tipo de propiedades no solo se puede ejecutar a través de un acuerdo comercial, existen otras formas muy habituales para llevar a cabo esta transacción.

Se puede hacer una transmisión de empresa, una fusión de sociedades u otra operación de ese estilo. De la misma forma como los otros activos de la sociedad son transmitidos, también ocurre con las propiedades intelectuales.

Es importante considerar que las patentes pueden ser hipotecadas, embargadas o, incluso, expropiada. Es decir, si no se paga un préstamo por el que se hipotecó la patente, la misma (como si fuera cualquier otro inmueble) podrá ser objeto de ejecución judicial y subasta.

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