¿Cómo deben ser los actos de conciliación en Barcelona?

Las sociedades modernas son muy complejas y es inevitable que surjan conflictos y disputas en diversos ámbitos de la vida. En muchas de estas oportunidades se debe recurrir a complicados pleitos judiciales o disputas legales. Sin embargo, en ocasiones estos enfrentamientos pueden tener una solución más práctica y directa.

Aquí es donde las conciliaciones notariales juegan un papel muy importante para la sociedad.

En Notaría Farres, contamos con profesionales con experiencia en estos temas. Podemos asesorarte para llegar rápidamente a la solución de un conflicto sin necesidad de ir a juicio.

Las conciliaciones notariales

En Barcelona, al igual que en todo el territorio español, los actos de conciliación deben seguir unos pasos y procedimientos establecidos en las normativas vigentes. Aquí es importante tomar en cuenta que todo acto de conciliación se lleva a cabo antes de presentar una demanda judicial y tiene la finalidad de llegar a un acuerdo entre las partes. Tiene un carácter obligatorio cuando una de las partes en una relación profesional, siente que sus derechos no son respetados. Por ejemplo, cuando un trabajador no está de acuerdo con el despido o se le deben salarios.

Si bien, este tipo de actos legales son más rápidos y menos costosos que un juicio, no son automáticos y llevan su tiempo.

¿Qué esperar en una conciliación?

Este servicio legal prestado en las notarías, es un novedoso mecanismo alternativo de resolución extrajudicial de conflictos que procura agilizar los procesos para llegar más rápido a una solución.

Tiene mayor rapidez

Un acto de esta índole, es práctico y mucho más rápido que un juicio. Aquí se debe considerar que la duración media de un juicio en España es de poco más de quinientos días (aproximadamente un año y medio).

El tiempo que por lo general tardan las conciliaciones es mucho menor, ya que la ley dispone que una vez que se presente la solicitud, el notario debe enviar la citación a todas las partes, para ello dispone de un plazo máximo de cinco días hábiles. Asimismo, entre la citación y el acto de conciliación debe mediar un plazo mínimo de cinco días y, como máximo, de diez. En otras palabras, en condiciones normales, un expediente de conciliación ante Notario no debe llevar más de quince días hábiles en lograr una resolución al conflicto.

Es voluntaria

Aunque presentarse a una conciliación es un acto voluntario, es importante no faltar. Ya que la Ley potencia este tipo de proceso, pues establece la posibilidad de imponer los costes del juicio a aquella parte que decida no asistir al proceso de conciliación al que se le haya citado, ya que se considera que la falta es un acto de ‘mala fe’.

Es más satisfactoria

Cada una de las partes involucradas en la disputa tienen la oportunidad de ser ayudadas por un tercero imparcial para alcanzar ellas mismas un acuerdo. Aquí la marcada diferencia con otros actos legales (como los juicios) donde la resolución les es impuesta por el juez, con la consiguiente insatisfacción para una o ambas partes.

Es más barata

Las conciliaciones notariales, siempre son más económicas que los juicios, porque no es necesario que las partes contraten abogados.

Aquí es importante saber que todos los gastos que ocasione este acto legal serán de quien lo promueve.

Requisitos para las conciliaciones notariales

Como todos los procesos legales, existen unos requisitos que se deben cumplir para poder llevar adelante este instrumento.

Solicitud por escrito al Notario

El interesado debe dirigirse al Notario por escrito y debe incluir información precisa y relevante como los datos de identificación del solicitante y del requerido o requeridos de conciliación, así como el domicilio en que puedan ser citados.

¿Qué debe incluir la solicitud?

La solicitud debe contener de forma clara y precisa el objeto de la conciliación que se pretenda y su fecha. Se podrán anexar todos aquellos documentos que el solicitante estime oportunos o que sean relevantes.

También se deberá presentar el impreso normalizado que estará en la Notaría a disposición de cualquier interesado. 

¿En qué asuntos se puede aplicar la conciliación?

Por lo general los actos conciliatorios se pueden realizar sobre cualquier tipo de controversia contractual, siempre que no recaiga sobre materia indisponible.

Algunos ejemplos de las materias donde son aplicables las conciliaciones son en el ámbito familiar en asuntos de liquidación del régimen económico del matrimonio. En el ámbito sucesorio en conflictos de diferencias en materia de herencia. En materia inmobiliaria en aquellos casos de conflictos entre los propietarios de terrenos colindantes. En el ámbito hipotecario, en los asuntos derivados de impagos o ejecuciones hipotecarias. En el entorno mercantil, en los casos donde surjan diferencias entre socios o relaciones entre sociedades. En materia de propiedad intelectual o industrial, en aquellos asuntos de titularidad y explotación de derechos.

El expediente de conciliación y las funciones del notario

Durante los procesos conciliatorios, el Notario tiene una serie de funciones bien establecidas:

Lo primero que debe hacer es enterarse del caso y escuchar las distintas posturas de cada una de las partes. A continuación, debe analizar jurídica y legalmente las distintas posiciones adoptadas.

Una parte fundamental de sus funciones es asesorar a las partes en conflicto sobre las posibles consecuencias jurídicas de sus posiciones.

Lo siguiente es intentar aproximar a las partes a un punto común de los intereses subyacentes a sus posiciones y proponer una posible solución (si después de la asistencia prestada, las partes no han adoptado ninguna solución).

En este punto es importante tomar en cuenta que en el acto conciliatorio se podrá llegar o no a un acuerdo entre las partes.

En el caso de que, si hubiere conformidad entre las partes en la totalidad o en una fracción del objeto del proceso conciliatorio, se hará constar detalladamente en la escritura pública todo cuanto acuerden y que el acto terminó con avenencia (así como los términos de la misma). También se debe considerar que, si no se logra acuerdo alguno, se hará constar que el acto terminó sin avenencia.

Por otro lado, se debe tomar en cuenta que el acuerdo alcanzado conlleva un compromiso de ejecutarse voluntariamente por las partes. Aquí es importante considerar que este compromiso se eleva a documento público para que goce de autenticidad, para que nadie pueda discutir su existencia y eficacia ejecutiva.

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